» FUNCION
Tiene como misión habilitar los comercios establecidos en
el ámbito del Dpto. Capital en todos sus rubros, como así
también los trámites intermedios y/o modificaciones
en sus rubros que el contribuyente
desea realizar (traslados, transferencias, cambio de rubros, anexos,
cambios de denominación social, desvinculación de
sociedad etc. hasta la extinción de la actividad comercial
o cese.
» UBICACION:
Edificio municipal - Salón de la Dirección General
de Rentas
RESPONSABLE DEL AREA: Liliana Jesús Gonzalez
TELEFONO: 470064
CORREO: Habilitaciones Comerciales - Santa Fe 950 - 5300 La Rioja
EMAIL: hcomerciales@munilrj.com.ar
» REQUISITO HABILITACIONES
COMERCIALES
Toda la documentación deberá ser Fotocopia autenticada.
Se podrá autenticar gratuitamente aportando los
originales en la Escribanía Municipal, Jefatura de Despacho
de la Secretaría de Servicios Públicos o
externamente en un Juzgado de Paz Lego o Escribanía particular.
La tramitación está arancelada.
Persona física: fotocopia de las hojas con datos
personales y últimos domicilios del DNI,LE,LC
Persona Jurídica: Fotocopias del contrato social
o estatuto social, acta de designación del responsable
jurídico y hojas con datos personales y últimos
domicilios del DNI,LE,LC del gerente o encargado.
Para ambos casos:
Presentar ante el Dpto. de Habilitaciones Comerciales de la Municipalidad
el formulario F1 completado (para imprimirlo haga clic aquí),
Libre deuda Municipal que deberá ser solicitado ante la
Dirección General de Rentas de la Municipalidad.
Deberá tenerse en cuenta que el rubro a habilitar esté
permitido en la zona para lo cual podrá solicitar información
el la Dcción de Desarrollo Urbano o verificar en el plano
de la ciudad haciendo clic aquí.
Los datos consignados tienen carácter de declaración
jurada y serán verificados por un inspector que controlará
asimismo que el local cumpla con los requisitos de seguridad e
higiene, así como en los lugares donde se procesen o expendan
alimentos las normas del Código Alimentario Argentino.
Se otorgará un plazo de 45 días para presentar las
inscripciones ante AFIP, DGIP, y aportes como autónomos.
La actividad de bailables, espectáculos públicos,
hospital, clínicas médicas, cine, hoteles, panaderías,
autoservicios, estaciones de servicios y cualquier otro que implique
gran concurrencia de público deberán acreditar al
momento de entrega del F1 el cumplimiento del Código Alimentario
Argentino, Código Sanitario, inscripción en AFIP
y DGIP, Inscripción como autónomos y pago al día
y planos de la construcción aprobados por la Municipalidad.
Las industrias textiles, fabricación y venta de calzados
y presnas de vestir, industrias de la madera, papel, e imprentas,
industrias de cuero, caucho y productos químicos, fabricación
y venta de productos derivados del petróleo y carbón,
fraccionamiento y distribución de gas, forrajerías
y venta de cereales y la venta de artículos de limpieza,
medicinales incluído herboristerías, artículos
de ferreterías, pinturerías y venta de carbón
y leña, requieren contar con la aprobación del cuerpo
de bomberos de la provincia sobre el cumpilimiento de las normas
contra incendio. Todo otro local comercial deberá poseer
como mínimo dos matafuegos ABC.
Los locales de gran afluencia de público deberán
poseer baños separados por sexo, mientras que los locales
comerciales deberán contar como mínimo con un sanitario.
Los establecimientos que procesen alimentos deberán contar
con pileta lavamanos y paredes y cielorrasos tratados especialmente
o con revestimiento de fácil limpieza.
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