Estructura Funcional
de la SubSecretaria
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| Competencia |
| Es competencia de la Sub Secretaría de Desarrollo
Humano y Familia asistir al Departamento Ejecutivo Municipal
y a la Secretaría General en todos los aspectos
relacionados con la promoción, el desarrollo,
el fomento y la ejecución de todas las acciones
tendientes a investigar y elaborar programas y proyectos
sociales que mejoren la calidad de vida del vecino de
la Ciudad Capital de La Rioja, tanto desde la contención,
la cooperación y la cultura de la solidaridad,
cuanto de la autogestión y educación ciudadana. |
| Acciones |
Son funciones propias de la Secretaría de Desarrollo
Humano y Familia:
1. Entender en la determinación de los
objetivos y las políticas del área de
su competencia acorde a la Visión Organizacional
Municipal.
2. Entender en la definición de programas
y proyectos del sector de su competencia, conforme las
directivas impartidas por el Ejecutivo Municipal.
3. Entender en el desarrollo de las relaciones
institucionales intra e intersectoriales en la materia
de su incumbencia, tanto en el orden Municipal, como
Provincial, Nacional e
Internacional, gubernamentales y no gubernamentales.
4. Entender en la definición de programas
y proyectos tendientes a la atención, promoción
y desarrollo de todos los sectores sociales de la comunidad
capitalina, especialmente los que se encuentran en situación
de riesgo, pobreza y vulnerabilidad.
5. Entender en la elaboración, ejecución
y fiscalización de proyectos y programas tendientes
a la protección, promoción y desarrollo
integral de toda unidad doméstica y grupo familiar,
orientados al logro del bienestar de sus miembros: niños,
mujeres, discapacitados y ancianos.
6. Coordinar, supervisar y ejercer el control
de gestión de las áreas y organismos de
su dependencia, conforme al manual de funciones de cada
uno de ellas, en lo que hace a las tareas técnicas
y administrativas designadas.
7. Administrar los recursos del área y
ejercer el control de gestión presupuestaria.
8. Entender en la preservación de los
bienes y pertenencia de la Secretaría.
9. Coordinar con las otras Secretarías
del Municipio todas las acciones que así lo demanden,
generando redes barriales, institucionales y temáticas
para la resolución de los problemas.
10. Asistir y asesorar desde la especificidad
y en los temas pertinentes al Departamento Ejecutivo
Municipal y a la Secretaría General.
11. Formar parte de Unidades Operativas de Emergencia
Social, delimitando sus competencias y responsabilidades.
12. Elaborar informes y diagnósticos sociales,
estrategias de intervención profesional en diferentes
instancias del campo social y el desarrollo humano,
relacionados a situaciones problemáticas abordadas
requeridas por personas y/o instituciones gubernamentales
y no gubernamentales.
13. Participar en la elaboración de ordenanzas
para la elevación al Consejo Deliberante, a fin
de perfeccionar la legislación vigente o crear
un nuevo marco legal que facilite, agilice o incorpore
nuevas actividades que hagan a la finalidad sustantiva
del área.
14. Organizar y brindar con profesionales idóneos,
servicios de mediación comunitaria y familiar. |
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