Secretaria de Gobierno y Asuntos Institucionales |
«
anterior | inicio |
|
Dirección General Escribania Municipal

Dra. Marcela Gómez
| Competencia |
| Es competencia de la Escribanía Municipal entender
en todo lo referente a intervenciones notariales en general,
en las que deba participar la comuna. |
| Acciones |
Son acciones de orden general, correspondientes a la Escribanía
Municipal, las siguientes:
1. Intervenir en todos los asuntos notariales, tales
como transferencia de dominio, donaciones, legados etc., que
realice la comuna.
2. Intervenir administrativamente en el otorgamiento
de todos los actos y contratos en que sea parte el Municipio.
3. Protocolizar los contratos de locación de
inmuebles, de suministros y otros que autorice la Municipalidad.
4. Certificar la firma de terceros que contratan con
el Municipio, cuando no fuere necesario protocolizar los contratos.
5. Legalizar las firmas de los distintos funcionarios
que contraten con terceros a nombre del Municipio.
6. Certificar sobre la calidad de los títulos,
de acuerdo con las verificaciones que deba efectuar en los
archivos, ya sean públicos o privados que correspondan,
como requerimiento previo indispensable para la celebración
de todo contrato y aconsejar a la Secretaría General
acerca de la conveniencia de efectuar dicha operación
y/o escrituración.
7. Certificar las transmisiones, delegaciones y reasunciones
de carteras de Intendente, Vice Intendente y Secretarios del
Gabinete Municipal.
8. Confeccionar y protocolizar los juramentos que se
tomen en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal,
a los distintos funcionarios según las normas en vigencia.
9. Autenticar el procedimiento y presidir la apertura
de actos licitatorios, incineración de valores, documentación
y otros de índole similar, que realice cualquier organismo
municipal, cuando se determine expresamente.
10. Protocolizar los decretos que emanen de la Función
Ejecutiva Municipal y entregar copia certificada a la repartición
competente para su posterior tramitación.
11. Efectuar, con el concurso del cuerpo de notificadores,
las notificaciones de las disposiciones emanadas del Departamento
Ejecutivo Municipal, como así también de las
distintas Secretarías.
12. Expedir testimonios, certificados, extractos de
actas, escrituras y demás documentos oficiales. |
|
|