La Rioja, Viernes 18 de Mayo de 2012
 
Secretaria de Gobierno y Asuntos Institucionales
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Dirección General Escribania Municipal
Dra. Marcela Gómez

Competencia
Es competencia de la Escribanía Municipal entender en todo lo referente a intervenciones notariales en general, en las que deba participar la comuna.
Acciones
Son acciones de orden general, correspondientes a la Escribanía Municipal, las siguientes:
1. Intervenir en todos los asuntos notariales, tales como transferencia de dominio, donaciones, legados etc., que realice la comuna.
2. Intervenir administrativamente en el otorgamiento de todos los actos y contratos en que sea parte el Municipio.
3. Protocolizar los contratos de locación de inmuebles, de suministros y otros que autorice la Municipalidad.
4. Certificar la firma de terceros que contratan con el Municipio, cuando no fuere necesario protocolizar los contratos.
5. Legalizar las firmas de los distintos funcionarios que contraten con terceros a nombre del Municipio.
6. Certificar sobre la calidad de los títulos, de acuerdo con las verificaciones que deba efectuar en los archivos, ya sean públicos o privados que correspondan, como requerimiento previo indispensable para la celebración de todo contrato y aconsejar a la Secretaría General acerca de la conveniencia de efectuar dicha operación y/o escrituración.
7. Certificar las transmisiones, delegaciones y reasunciones de carteras de Intendente, Vice Intendente y Secretarios del Gabinete Municipal.
8. Confeccionar y protocolizar los juramentos que se tomen en el ámbito del Departamento Ejecutivo Municipal, a los distintos funcionarios según las normas en vigencia.
9. Autenticar el procedimiento y presidir la apertura de actos licitatorios, incineración de valores, documentación y otros de índole similar, que realice cualquier organismo municipal, cuando se determine expresamente.
10. Protocolizar los decretos que emanen de la Función Ejecutiva Municipal y entregar copia certificada a la repartición competente para su posterior tramitación.
11. Efectuar, con el concurso del cuerpo de notificadores, las notificaciones de las disposiciones emanadas del Departamento Ejecutivo Municipal, como así también de las distintas Secretarías.
12. Expedir testimonios, certificados, extractos de actas, escrituras y demás documentos oficiales.
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