Estructura Funcional
de la Secretaria
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| Competencia |
| Es competencia de la Secretaría de Infraestructura
y Obras Públicas asistir al Departamento Ejecutivo
Municipal y a la Secretaría General, en todos
los aspectos relacionados con la elaboración,
ejecución y control de las políticas y
estrategias en materia de obras públicas municipales,
en la fiscalización del régimen y utilización
de las tierras pertenecientes al patrimonio comunal,
en la determinación de los usos del suelo urbano,
en el mantenimiento, construcción y refuncionalización
de los edificios y monumentos municipales; entender
en el mantenimiento y conservación del patrimonio
arquitectónico del Departamento Capital cuidando
la preservación de la identidad cultural e histórica
del mismo; la elaboración y ejecución
de la política de vivienda municipal y coordinar
la vinculación del municipio con los organismos
privados y públicos que entiendan en materia
vial, de infraestructura de servicios como los eléctricos,
agua, gas, cloacas, etc. |
| Acciones |
Son funciones propias de la Secretaría de Infraestructura
y Obras Públicas:
1. Verificar el cumplimiento de los objetivos,
planes e instrucciones que sobre la obra pública
determine el Departamento Ejecutivo Municipal.
2. Proponer al Departamento Ejecutivo Municipal
los proyectos de la obra pública municipal para
la definición de prioridades y su posterior ejecución.
3. Organizar el Plan de Trabajos Públicos
y dictar las correspondientes normas para su mejor funcionamiento
y puesta en marcha.
4. Velar por el estricto cumplimiento de la Ley
de Obras Públicas y toda norma municipal dictada
al respecto.
5. Controlar y supervisar las áreas que
de ella dependen. |
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